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ECONOMÍA

Ley 407 mantiene la moratoria a la minería metálica y genera debate constitucional

La norma de 2023 frena de forma indefinida nuevas concesiones y renovaciones, mientras crece la discusión sobre la posible reapertura de la mina de cobre.

Opinión BULLA, 8:30 p.m. · 2 min de lectura
Ley 407 mantiene la moratoria a la minería metálica y genera debate constitucional

Panamá discute el futuro de la minería, en especial la posibilidad de reabrir la mina de cobre. Los efectos de esa decisión no son iguales para todos. Un trabajador que perdió su empleo ve en la reapertura una forma de recuperar el sustento de su familia. Un empresario la considera una oportunidad de inversión. Algunas comunidades temen riesgos para el agua, los bosques y la salud, y el Estado debe responder por sus consecuencias económicas, ambientales y jurídicas.

El marco constitucional es el punto de partida. El artículo 257, numerales 5 y 6, establece que las riquezas del subsuelo pertenecen al Estado y contempla su explotación, directamente o mediante concesión y contratación según la ley. El artículo 259 señala que las concesiones deben inspirarse en el bienestar social y el interés público. La Constitución también reconoce el deber del Estado de proteger el ambiente y prevenir su contaminación, por lo que ambas exigencias deben analizarse en conjunto.

En ese contexto, la Ley 407, del 3 de noviembre de 2023, estableció una moratoria por plazo indefinido para el otorgamiento de concesiones de minería metálica. La norma también rechazó las solicitudes pendientes y prohibió las renovaciones y prórrogas. Esto abre una pregunta de fondo: hasta dónde puede llegar una ley ordinaria al restringir una actividad que la Constitución contempla.

La Ley 407 se apoya en el principio precautorio, que permite adoptar medidas preventivas ante amenazas de daños graves o irreversibles, incluso sin certeza científica completa. Según el análisis, la precaución no significa que el daño ya haya ocurrido, sino que se actúa frente a un riesgo cuya gravedad justifica ciertas medidas. Entre las preguntas pendientes están cuáles son los riesgos identificados, qué pruebas los respaldan, si las restricciones son proporcionales y si deben mantenerse indefinidamente o revisarse.

Otro antecedente es la sentencia de noviembre de 2023, en la que la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional la Ley 406, que aprobaba el contrato de concesión con Minera Panamá. Ese fallo no prohibió toda la actividad minera. Tampoco significa que la mina pueda reabrirse de forma automática, porque su situación jurídica, sus obligaciones ambientales y las decisiones necesarias para una eventual operación deben examinarse por separado.

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