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JUSTICIA

Uso privado de la IA por jueces plantea riesgos al debido proceso en Panamá

Un análisis jurídico advierte que la intervención no declarada de estas herramientas en sentencias podría afectar la transparencia, la contradicción y la responsabilidad del juez.

Opinión BULLA, 11:00 p.m. · 3 min de lectura
Uso privado de la IA por jueces plantea riesgos al debido proceso en Panamá

El uso privado de la inteligencia artificial por parte de los jueces se perfila como uno de los temas más delicados para la administración de justicia. El problema no está solo en que un magistrado emplee herramientas de IA generativa para su trabajo, sino en que estas puedan influir en el razonamiento de una decisión sin que las partes lo sepan y sin mecanismos de control.

El análisis distingue dos situaciones. En la primera, la IA funciona como auxiliar para corregir textos, organizar documentos o ubicar información jurídica, que luego el juez verifica por otras vías. En la segunda, el juez le plantea a la herramienta preguntas de fondo, como si las pruebas acreditan un contrato, si hubo incumplimiento o qué valor dar a un testimonio. Ahí, la IA participa en la construcción del razonamiento, aunque el juez conserve formalmente la facultad de decidir.

La situación se agrava cuando el uso no se declara en la sentencia. Según el texto, esto afecta tres principios: la transparencia del razonamiento, el principio de contradicción, porque las partes no pueden debatir información o supuestos que nunca conocieron, y la responsabilidad personal del juez, que debe asumir como propias las conclusiones de su fallo.

En Panamá, el análisis cita el Código Procesal Civil, que exige la inmediación, la valoración razonada de la prueba y la motivación clara de las resoluciones. Desde la Constitución, el artículo 32 garantiza ser juzgado por autoridad competente y conforme a los trámites legales. El autor advierte que no toda utilización privada de IA implica una violación constitucional ni causa necesariamente la nulidad de una sentencia, por lo que cada caso debe examinarse según la naturaleza del uso, su influencia en la decisión y el daño concreto a las garantías.

El texto también revisa el derecho comparado. En diciembre de 2025, la Comisión Europea para la Eficiencia de la Justicia, del Consejo de Europa, aprobó directrices que excluyen delegar en sistemas generativos el razonamiento jurídico, la valoración probatoria y la decisión. En Brasil, la Resolución 615/2025 del Consejo Nacional de Justicia fija controles como la supervisión humana, la protección de información confidencial y el registro interno de ciertos usos. La UNESCO, por su parte, publicó en 2025 directrices que insisten en la transparencia, la responsabilidad y la supervisión humana significativa.

El Código Procesal Civil panameño permite realizar actos procesales mediante inteligencia artificial, siempre que se garanticen la inmediación, la transparencia y otros parámetros. La misma norma establece que estas herramientas no reemplazarán el razonamiento humano del juez.

Como propuesta, el análisis sugiere distinguir entre asistencia tecnológica ordinaria e intervención sustancial en el razonamiento. Las tareas formales no requerirían informar a las partes, pero el uso en el análisis de pruebas o en la preparación de conclusiones debería implicar transparencia, registro y posibilidad de control procesal. El texto plantea como pregunta central si el uso oculto de IA por un juez puede originar nulidad procesal o violación del debido proceso en el país, un tema que, según el autor, merece un desarrollo doctrinal más profundo.

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