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Memorando con Estados Unidos reabre debate sobre soberanía y tratados en Panamá

El acuerdo firmado en abril de 2025 plantea preguntas sobre la neutralidad del Canal, la presencia militar extranjera y el procedimiento constitucional que debe seguirse.

Opinión BULLA, 12:00 p.m. · 3 min de lectura
Memorando con Estados Unidos reabre debate sobre soberanía y tratados en Panamá

El Memorando de Entendimiento firmado el 9 de abril de 2025 entre el Ministerio de Seguridad Pública y el Departamento de Defensa de Estados Unidos fija un marco para desarrollar actividades operativas de seguridad en territorio panameño. El texto ha generado controversia por sus posibles efectos sobre la soberanía, la presencia militar estadounidense y el régimen jurídico que establecen los Tratados Torrijos-Carter.

El Gobierno sostiene que no se han concedido bases militares extranjeras ni comprometido la soberanía nacional. Esa postura se apoya en partes del propio documento, que reconocen la propiedad panameña de las instalaciones y la responsabilidad primaria de las autoridades del país en materia de seguridad. Según el análisis, sin embargo, la propiedad del terreno no basta para resolver el debate. Lo central es qué facultades se conceden, quién controla las actividades y si el instrumento cumple con la Constitución y los tratados vigentes.

El memorando contempla la presencia temporal de personal militar y civil estadounidense, el uso de instalaciones panameñas, entrenamientos, ejercicios, actividades humanitarias, almacenamiento de equipos y obras de infraestructura. También incluye procedimientos para el transporte de armas, equipo pesado y materiales peligrosos. Según el texto, el personal y sus bienes, incluidos vehículos, embarcaciones y aeronaves, permanecen bajo control estadounidense según sus propios procedimientos. El anexo identifica instalaciones en Panamá Pacífico, la Base Naval Vasco Núñez de Balboa y la Base Aeronaval Cristóbal Colón.

El marco jurídico bilateral parte de los tratados firmados el 7 de septiembre de 1977. El Tratado del Canal de Panamá terminó el 31 de diciembre de 1999, mientras que el Tratado de Neutralidad sigue vigente. Las facultades estadounidenses de operación y defensa del período de transición no se consideran automáticamente vigentes después de 1999, pero las obligaciones de neutralidad sí continúan. El artículo V establece que, tras la terminación, solo Panamá opera la vía y mantiene fuerzas militares e instalaciones de defensa en su territorio. La llamada reserva Nunn admite acuerdos posteriores, aunque condicionados a los procedimientos constitucionales de cada país.

El análisis recuerda que la Constitución organiza la seguridad nacional de forma específica. Las Fuerzas de Defensa desaparecieron tras diciembre de 1989, la reforma de 1994 colocó los servicios policiales bajo autoridad civil y la Ley 15 de 2010 creó el Ministerio de Seguridad Pública. El artículo 312 reserva al Gobierno la posesión de armas y elementos de guerra, y el artículo 325 exige aprobación legislativa y referéndum para los convenios sobre el Canal y su protección. La pregunta clave es si el memorando es un instrumento administrativo para ejecutar compromisos ya autorizados o un nuevo convenio, ya que su nombre no determina por sí solo su naturaleza.

El documento no concede expresamente una autorización general para operaciones ofensivas desde territorio panameño ni establece un arsenal permanente. Tampoco detalla inventarios, límites de almacenamiento ni procedimientos completos de supervisión, por lo que el análisis señala la necesidad de revisar los acuerdos complementarios y las normas aplicables. La conclusión del análisis depende del contenido real y de los efectos jurídicos del acuerdo, más que de su denominación.

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