Propuesta busca unificar el proceso civil ordinario y sumario en Panamá
Una abogada procesalista plantea reemplazar la división entre ambas vías por una estructura única, centrada en la oralidad y en resolver con mayor rapidez.
Una abogada procesalista y profesora de la Universidad de Panamá sostiene que el país debe actualizar sus normas de procedimiento civil para que la justicia sea más ágil y ordenada. Según explica, la legislación separa los conflictos en dos vías: el proceso ordinario, pensado para casos complejos, y el proceso sumario, para asuntos de trámite rápido. Ambos se distinguen por sus plazos y etapas, pero en la práctica judicial esa división sería artificial y provoca demoras innecesarias.
Como ejemplo, la autora señala el manejo de las pruebas. En teoría, el ordinario contempla fases separadas para demandar, contestar y presentar evidencias, pero muchos jueces exigen que las partes aporten y anuncien todas sus pruebas desde la primera etapa. Para la especialista, si la práctica exige esa concentración, la ley debe establecerlo de forma explícita, porque de lo contrario los ciudadanos quedan sujetos al criterio de cada juzgador, algo que debilita la seguridad jurídica y el derecho a la defensa.
La propuesta consiste en crear una estructura común que se adapte a cada caso, con énfasis en la oralidad. La autora menciona como referentes el Sistema Penal Acusatorio, la jurisdicción marítima y los procesos de protección al consumidor, que, a su juicio, demuestran que las audiencias orales dan resultados. Plantea una audiencia preliminar en la que el juez depure el caso, admita las pruebas válidas y defina el debate, seguida de una audiencia de juicio donde las partes expongan sus argumentos cara a cara.
Según la columnista, este esquema reduce el papeleo, que suele alargar los pleitos con incidentes y solicitudes, y garantiza la inmediación, ya que el juez escucha directamente a los litigantes sin dejar de lado el papel de los abogados. Advierte, no obstante, que concentrar los pasos exige reglas claras y excepciones justas, como la aparición de pruebas nuevas o documentos difíciles de obtener a tiempo. También sostiene que la eficiencia no debe lograrse a costa del debido proceso.
Entre los beneficios que enumera figura la lealtad procesal. Con reglas definidas desde el inicio, los litigantes tendrían menos margen para ocultar información o dilatar el conflicto. La autora subraya que el cambio legal por sí solo no basta, y considera necesario capacitar al personal judicial, mejorar la tecnología y organizar los tribunales para que las audiencias se realicen a tiempo.