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Bancos deberán verificar al destinatario antes de cada transferencia electrónica

La Superintendencia de Bancos aprobó el Acuerdo No. 8-2026, que obliga a una validación gratuita y advierte sobre posibles errores o fraudes.

Mesa de Economía, 9:05 p.m. · 2 min de lectura
Bancos deberán verificar al destinatario antes de cada transferencia electrónica

La Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP) aprobó el Acuerdo No. 8-2026, con el que busca reducir los errores en las transferencias electrónicas y prevenir posibles fraudes. La norma, fechada el 22 de septiembre, obliga a las entidades a ofrecer a sus clientes una verificación gratuita de los datos del destinatario antes de autorizar el envío.

Las nuevas reglas aplican a las transferencias nacionales, tanto las realizadas entre clientes de un mismo banco como las que se hacen entre entidades distintas de la plaza. Alcanzan a los bancos oficiales y a los de licencia general que ofrezcan estos servicios por banca en línea, aplicaciones móviles o monederos móviles.

En la práctica, el banco deberá confirmar, de forma inmediata, que la cuenta de destino está habilitada para recibir fondos y que el nombre del beneficiario coincide con el titular registrado o con el alias utilizado, como un número de celular, un correo electrónico o un nombre de usuario. Además, la institución que ordena la operación debe mostrar de manera clara el nombre del banco receptor, el número de cuenta o alias, el nombre del titular y el monto.

Cuando los datos ingresados por el cliente no coincidan con los registros, la entidad tendrá que emitir una advertencia previa sobre el riesgo de enviar dinero a una cuenta cuyo titular no corresponda al destinatario indicado. Con esa alerta, el cliente decidirá si continúa o cancela la transferencia.

El acuerdo aclara que esa decisión del cliente no libera al banco de responsabilidad si existen fallas en sus controles, procesos, sistemas o mecanismos de advertencia. Las entidades también deberán guardar registros íntegros y verificables de las consultas, respuestas, advertencias y autorizaciones finales. Los datos personales que se revelen durante el proceso solo podrán usarse para verificar, ejecutar, controlar y auditar las operaciones.

La norma empezará a regir nueve meses después de su promulgación, plazo que tendrán los bancos oficiales y de licencia general para adecuar sus sistemas y procesos.

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