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Arraiján restringe la circulación nocturna de menores de edad sin acompañamiento

El Decreto Alcaldicio No. 010-2026 exige que los menores estén con un adulto responsable en horas de la noche, con sanciones progresivas para los padres o tutores.

Redacción Nacional, 12:21 p.m. · 2 min de lectura
Arraiján restringe la circulación nocturna de menores de edad sin acompañamiento

La Alcaldía de Arraiján estableció nuevas reglas para los menores de edad que circulen por las calles del distrito. Según el Decreto Alcaldicio No. 010-2026, firmado por la alcaldesa Stefany Dayan Peñalba, los niños y adolescentes deberán estar acompañados por sus padres, tutores o representantes legales para transitar por la vía pública durante los horarios de restricción.

La norma fue publicada este viernes 9 de octubre en la Gaceta Oficial, aunque ya está vigente desde el jueves 1 de octubre. De domingo a jueves, el toque de queda rige desde las 9:00 p.m. hasta las 5:00 a.m. Los viernes y sábados, la restricción se extiende desde las 10:00 p.m. hasta las 6:00 a.m. Para demostrar el parentesco o la responsabilidad legal, los adultos deberán presentar documentos como la cédula juvenil, el certificado de nacimiento o una resolución judicial.

Los estudiantes que asisten a clases nocturnas tienen una excepción. Podrán transitar hasta las 11:00 p.m., siempre que porten un carné escolar vigente o una certificación emitida por su centro educativo.

El decreto también contempla sanciones para los padres o tutores que no cumplan la medida. En la primera y segunda falta, los adultos serán citados ante la Policía de Niñez y deberán asistir a charlas de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENNIAF). Si hay una tercera falta, la multa será de $50. Además, cuando un menor sea encontrado en una situación de riesgo social en la vía pública, aun estando acompañado por un adulto, podrá ser remitido al Juzgado de Niñez y Adolescencia.

En cuanto a los menores que incumplan la disposición, la Policía de Niñez y Adolescencia podrá retenerlos y trasladarlos a un recinto habilitado hasta que sus familiares los reclamen. Durante ese tiempo, tendrán derecho a hacer llamadas para informar a sus parientes. Si nadie los reclama antes de las 8:00 a.m. del día siguiente, serán puestos a órdenes de la autoridad competente.

Según el decreto, la medida responde a la incidencia de hechos violentos y delictivos en los que participan menores de edad en el distrito.

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