Panamá aprueba controles para verificar el destinatario de las transferencias bancarias
La Superintendencia de Bancos adoptó dos acuerdos que buscan reducir errores y fraudes, y amplían el plazo para que los bancos se ajusten a otras normas.
La Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP) aprobó dos acuerdos orientados a dar más seguridad a las transferencias electrónicas, aumentar la claridad de los servicios financieros y resguardar a los clientes de errores o fraudes en sus operaciones.
Los cambios están recogidos en los Acuerdos No. 8-2026 y No. 9-2026, ambos fechados el 22 de septiembre de 2026. El primero establece que los bancos deberán contar con mecanismos para comprobar que los datos del beneficiario coincidan con lo registrado en las entidades bancarias, antes de ejecutar una transferencia dentro del país.
Además, los usuarios podrán revisar de antemano datos clave de la operación, como el nombre del titular de la cuenta receptora, el banco destinatario y el monto. La norma también incorpora alertas que advierten sobre inconsistencias que puedan derivar en equivocaciones o fraudes. La idea es que la persona tenga información adicional antes de confirmar su movimiento.
El segundo acuerdo modifica el Acuerdo No. 6-2026 y extiende su entrada en vigor hasta el 31 de marzo de 2027. Según el regulador, esto dará a las entidades financieras más tiempo para ajustar sus sistemas, procedimientos y procesos internos a las nuevas exigencias.
La misma normativa añade un modelo ilustrativo de tabla de amortización, que servirá como referencia para presentar la información de las operaciones de crédito de los clientes.
La SBP explicó que ambas medidas forman parte de sus esfuerzos por fortalecer la transparencia y la seguridad del sistema bancario. Los documentos completos pueden consultarse en la sección de Normativa de su sitio oficial, superbancos.gob.pa.