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ECONOMÍA

Sube el subsidio a gasolinas y baja el del diésel desde el 2 de octubre

El MEF publicó nuevos montos semanales para transportistas y pescadores artesanales, con ajustes por el desvío en el Puente de Las Américas.

Redacción Nacional, 3:12 p.m. · 2 min de lectura
Sube el subsidio a gasolinas y baja el del diésel desde el 2 de octubre

El precio subsidiado de la gasolina de 91 y 95 octanos subirá, mientras que el del diésel bajo en azufre bajará a partir de este viernes 2 de octubre. La decisión responde a la nueva actualización del mecanismo temporal de estabilización que aplica el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

La Resolución N.° MEF-RES-2026-3322, publicada en la Gaceta Oficial Digital N.° 30624, fija los precios y los montos máximos del subsidio. Estarán vigentes desde las 6:00 a.m. del 2 de octubre hasta las 5:59 a.m. del 16 de octubre de 2026. Para calcularlos, el MEF toma como referencia los precios máximos de venta al público que establece la Secretaría Nacional de Energía para este periodo.

Frente al periodo anterior, del 18 de septiembre al 2 de octubre, los topes semanales bajan 3% para pick up, camiones, equipo articulado, buses colectivos, colegiales y buses de ruta interna. En cambio, suben 5.4% para los taxis y 5.3% para la pesca artesanal.

La resolución también incluye un ajuste por las restricciones temporales de tránsito en el Puente de Las Américas, impuestas por razones de seguridad estructural y movilidad. Según el MEF, algunos buses colectivos con peso bruto vehicular superior a 10 toneladas han usado el Puente Centenario como ruta alterna. Ese cambio suma unos 12 kilómetros por cada vuelta completa y aumenta el consumo de combustible. El mayor gasto se considerará dentro de los montos máximos para las unidades que cumplan los requisitos.

El beneficio está dirigido a unidades de transporte colectivo, taxis, buses de ruta interna y otras modalidades certificadas por la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT). El combustible subsidiado también puede usarse para transportar pasajeros y carga vinculada al abastecimiento de productos agropecuarios, alimentos esenciales, bienes de primera necesidad, insumos de limpieza y aseo personal, además de la pesca artesanal.

Los beneficiarios deben respetar los topes. El consumo que supere el límite semanal no será elegible para el subsidio, y el monto no utilizado no se acumula ni pasa a otro periodo. Si se detecta un uso indebido, el acceso puede suspenderse o cancelarse de inmediato, sin perjuicio de sanciones administrativas, civiles o penales.

El MEF, junto con la Secretaría Nacional de Energía, actualizará los precios máximos y los montos subsidiados cada quince días. Tomará en cuenta las variaciones de los combustibles en los mercados internacional y local, criterios técnicos y la disponibilidad presupuestaria.

El mecanismo fue autorizado mediante la Resolución de Gabinete N.° 20 del 31 de marzo de 2026 y seguirá vigente mientras los precios sigan por encima de los niveles previos a la crisis energética global. Cuando los precios se estabilicen, podrá extenderse por un periodo adicional de hasta 15 días calendario.

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