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Sala Tercera avala estudio de impacto ambiental del proyecto Puerto Barú en Chiriquí

La Corte Suprema declaró legal la resolución que aprobó el EIA de la obra, pese a la demanda de seis organizaciones ambientales. El proyecto requiere una inversión de 260 millones de dólares.

Mesa de Sucesos, 4:26 p.m. · 2 min de lectura
Sala Tercera avala estudio de impacto ambiental del proyecto Puerto Barú en Chiriquí

La Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia determinó que el estudio de impacto ambiental (EIA) del proyecto Puerto Barú no es ilegal. La iniciativa se ubica a 20 kilómetros de la ciudad de David, en la provincia de Chiriquí, y su evaluación ambiental había sido cuestionada ante los tribunales.

La demanda fue presentada en septiembre de 2024 por el Centro de Incidencia Ambiental (Ciam), la Asociación Centro de Estudios y Acción Social Panameño (Ceaspa), Adopta El Bosque Panamá, la Fundación para el Desarrollo Integral, Comunitario y Conservación de los Ecosistemas, la Fundación Panacetacea y Proyecto Primates. Los demandantes atacaban la Resolución 0003-2024, emitida el 16 de enero de 2024 por el Ministerio de Ambiente (Miambiente), que aprobó el EIA.

El fallo fue emitido el 26 de octubre pasado, con ponencia de la magistrada María Cristina Chen Stanziola. En la sentencia, la Sala concluyó que la resolución impugnada se ajusta a la ley.

Las organizaciones sostienen que el estudio fue aprobado durante la administración anterior de Miambiente y que presenta graves deficiencias. Según su argumento, el EIA no cumplió los procedimientos legales necesarios para su evaluación, lo que impediría calcular con precisión los verdaderos impactos del proyecto sobre los ecosistemas cercanos. También alegaron que un estudio independiente demostró que la evaluación de primera instancia carecía de rigor científico y no incluyó aspectos importantes de la biodiversidad de la región.

La Procuraduría de la Administración había recomendado a las magistradas de la Sala declarar que la resolución no era ilegal. Su postura se basó en que los demandantes no aportaron pruebas suficientes sobre las supuestas irregularidades en la aprobación del EIA.

El proyecto es impulsado por Ocean Pacific Investments, que requiere una inversión de 260 millones de dólares. La empresa también demandó civilmente a varias de las organizaciones ambientales que se oponen a la obra.

El caso no queda cerrado con este fallo. La Sala Tercera todavía debe resolver otra demanda contra la misma resolución, presentada por los abogados Martita Cornejo y Manuel Alejandro Ruiz Cornejo, de la firma Cornejo Robles y Asociados.

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