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Mulino sancionará la ley 746 con nuevos descuentos para jubilados

La norma modifica la Ley 6 de 1987 y ampliará beneficios en salud, transporte, vivienda y servicios funerarios. Entrará en vigencia seis meses después de su promulgación.

Redacción Nacional, 10:00 a.m. · 2 min de lectura
Mulino sancionará la ley 746 con nuevos descuentos para jubilados

El presidente José Raúl Mulino anunció que el lunes 2 de noviembre de 2026 sancionará el proyecto de ley 746, una iniciativa que amplía los beneficios para jubilados, pensionados y adultos mayores en Panamá. El mandatario confirmó que ya recibió en Palacio el documento aprobado por la Asamblea Nacional, tal como se había acordado previamente.

Según la información oficial, el proyecto modifica la Ley 6 de 1987 y suma ventajas en servicios médicos, medicamentos, restaurantes, equipos de asistencia, servicios funerarios y adecuaciones de viviendas. El beneficio alcanza a panameños y extranjeros con residencia permanente que tengan 55 años o más, si son mujeres, o 60 años o más, si son hombres, además de jubilados y pensionados.

Entre los descuentos previstos figuran un 25% en consumo individual en restaurantes y franquicias nacionales e internacionales, excepto fondas; un 20% en medicamentos con receta a nombre del beneficiario, salvo los de venta libre; y un 25% en consultas de medicina general y especialidades. Además, se contempla un 30% en procedimientos, terapias e insumos para el tratamiento del cáncer.

En el área de movilidad y cuidado, el texto incluye un 20% en prótesis, sillas de ruedas, muletas, bastones, andaderas, camas hospitalarias y colchones especializados, así como un 20% en alquiler, reparación y mantenimiento de equipos de asistencia, previa certificación médica. Para adecuaciones básicas de la vivienda principal, como rampas, barras de apoyo y pasamanos, el descuento es de 15%, siempre que exista indicación médica o evaluación funcional. Las remodelaciones generales y las ampliaciones quedan excluidas.

El proyecto también abarca servicios del hogar y otros gastos. Se establece un 30% en el cargo fijo del teléfono residencial, un 20% en la tasa de aseo de la vivienda principal y un 25% en ataúdes, urnas y servicios funerarios cuando el fallecido sea jubilado, pensionado o adulto mayor. Asimismo, habrá un 20% en ciertos gastos notariales y de registro vinculados con viviendas de interés preferencial, y exoneraciones de impuestos para insumos médicos como bolsas de colostomía y sondas urinarias.

Pese al anuncio de sanción, los nuevos beneficios no se aplicarán de inmediato. La ley entrará en vigencia seis meses después de su promulgación, por lo que la fecha exacta dependerá de la publicación oficial. Los beneficiarios podrán acreditar su condición con los documentos de identificación que establezca la normativa.

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