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La Corte rechaza demanda contra el EIA de Puerto Barú por falta de pruebas

El fallo de la Sala Tercera señala que los demandantes no probaron el traslape con los manglares de David ni la falta de sustento legal.

Mesa de Sucesos, 1:22 p.m. · 2 min de lectura
La Corte rechaza demanda contra el EIA de Puerto Barú por falta de pruebas

La Corte Suprema de Justicia concluyó que las asociaciones ecologistas que se oponen a Puerto Barú no demostraron por qué el estudio de impacto ambiental, categoría III, del proyecto es contrario a la ley. La decisión corresponde a la Sala Tercera y está firmada por los magistrados María Cristina Chen Stanziola, ponente, Carlos Vásquez y Gicela del Carmen Agurto.

Uno de los puntos centrales de la demanda era que el proyecto se superpone con los manglares de David. Según el fallo, los demandantes no lograron probar ese traslape, por lo que el argumento no prosperó.

Sobre el alegato de que el puerto se ubica en un área protegida, el tribunal citó la Resolución DAPB-044-2022, emitida el 29 de marzo de 2022 por la Dirección de Áreas Protegidas y Biodiversidad del Ministerio de Ambiente. Ese documento establece que el área protegida no tiene límites definidos, es decir, que no existe un polígono legalmente delimitado. En consecuencia, la zona carece de plan de manejo y protección. Un informe pericial incorporado al proceso coincide en que los manglares de David no cuentan con un plan de manejo ni con límites que permitan identificar una zona de manejo especial.

En cuanto a la supuesta falta de consulta ciudadana, los magistrados consideraron que el Ministerio de Ambiente dejó constancia de los comentarios presentados durante la participación ciudadana y la aprobación del estudio, y que se aportó parte del expediente administrativo relacionado con ese aspecto.

La Procuraduría de la Administración compartió esa postura. Según su criterio, las pruebas presentadas en la fase probatoria no desacreditaron las actuaciones del Ministerio de Ambiente ni demostraron que el acto impugnado carezca de sustento legal. El tribunal reconoció que las demandantes no sustentaron adecuadamente las normas que consideraban infringidas, pero también señaló que sí se acreditó que no existe traslape entre el proyecto y el área de manglar.

La demanda fue presentada por organizaciones como el Centro de Incidencia Ambiental (Ciam), la Asociación Centro de Estudios y Acción Social Panameños, Adopta Bosque Panamá, Fundiccep, Fundación Panacetacea Panamá y Proyecto Primates Panamá, que sostienen que el proyecto causará un daño grave a los manglares de David. Puerto Barú es impulsado por Ocean Pacific Investments y requiere una inversión de $260 millones. La empresa también presentó demandas civiles contra varias de estas organizaciones.

El caso no queda cerrado del todo, ya que la Corte aún no se ha pronunciado sobre otra demanda contra el mismo estudio de impacto ambiental, presentada por la firma Cornejo y Robles.

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