Jubilados y pensionados en Panamá tendrán nuevos descuentos con el Proyecto de Ley 746
La Asamblea Nacional aprobó la iniciativa que modifica la Ley 6 de 1987. Los beneficios empezarán a regir seis meses después de su promulgación.
La Asamblea Nacional aprobó el Proyecto de Ley 746, una iniciativa que modifica y adiciona artículos a la Ley 6 de 1987. Con ella, jubilados, pensionados y adultos mayores en Panamá podrían acceder a rebajas en medicamentos, tratamientos médicos, servicios de telecomunicaciones y equipos de asistencia.
El proyecto contempla descuentos de distintos porcentajes. Los medicamentos con receta tendrían una rebaja de 20%, excepto los de venta libre, mientras que las consultas de medicina general y de especialidades médicas y quirúrgicas tendrían 25%. La atención oncológica, incluidos procedimientos, tratamientos e insumos, tendría 30%. Las prótesis, sillas de ruedas, muletas, bastones y andaderas tendrían 20%, al igual que el alquiler, la reparación y el mantenimiento de equipos de movilidad, en este último caso con certificación médica. También se contemplan 15% para adecuaciones básicas de la vivienda principal, como rampas, pasamanos y superficies antideslizantes, y 25% en consumo individual en restaurantes, con las excepciones que fije la normativa.
En servicios de telecomunicaciones, la propuesta fija 20% en internet y televisión por cable para contratos residenciales a nombre del beneficiario que no superen los B/.50.00, y 20% en telefonía móvil para un solo número con contratos de hasta B/.30.00. Además, habría un 20% en determinados gastos notariales y registrales vinculados a viviendas que cumplan los requisitos legales, y un 25% en ataúdes, urnas y servicios funerarios cuando el fallecido sea beneficiario de la ley.
El texto también prevé exoneraciones tributarias para ciertos insumos médicos, como bolsas de colostomía y sondas urinarias, siempre que cumplan las condiciones establecidas. Los beneficiarios serían jubilados, pensionados y personas de la tercera edad que cumplan los criterios de la normativa, además de extranjeros con residencia permanente en el país que cumplan los requisitos legales.
Para acreditar su condición, los interesados podrán presentar documentos como la cédula de identidad personal, el carné de jubilado o pensionado, o el documento de residencia permanente, según corresponda.
Aunque el proyecto ya fue aprobado por el Legislativo, los beneficios no se aplicarán de inmediato. La norma entrará en vigencia seis meses después de su promulgación. Antes, el proyecto debe recibir la sanción presidencial y ser publicado en la Gaceta Oficial, que es el paso que fijará la fecha exacta en que los beneficiarios podrán usar los descuentos. El presidente José Raúl Mulino anunció que procederá con la sanción el lunes 2 de noviembre de 2026.