BULLA
SOCIEDAD

Instituciones públicas cierran a la 1:00 p.m. el lunes 2 de noviembre

Un decreto ejecutivo ordena el cierre anticipado por el Día de los Difuntos, mientras que varios servicios esenciales seguirán atendiendo a la ciudadanía.

Redacción Nacional, 4:03 p.m. · 2 min de lectura
Instituciones públicas cierran a la 1:00 p.m. el lunes 2 de noviembre

Las oficinas del Estado, tanto nacionales como municipales, cambiarán su horario de atención el lunes 2 de noviembre, con motivo de la conmemoración del Día de los Difuntos. Quienes tengan pensado hacer trámites en instituciones gubernamentales deberán tomar esto en cuenta para organizar su día.

El Decreto Ejecutivo N.º 26, emitido el 15 de octubre de 2026, establece que las entidades estatales cerrarán sus puertas a partir de la 1:00 p.m. en todo el territorio nacional. La misma norma dispone que la Bandera Nacional permanezca izada a media asta durante toda la jornada, tanto en los establecimientos públicos como en los privados.

El cierre, sin embargo, no será total. Algunas instituciones deberán seguir prestando servicios por la naturaleza de sus funciones y por la necesidad de garantizar la atención a la población. El decreto contempla excepciones para varios sectores, entre ellos el de salud, con hospitales, clínicas, policlínicas y centros de la Caja de Seguro Social y del Ministerio de Salud. También se mantienen operando el Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales, el Cuerpo de Bomberos, el Sinaproc y la Fuerza Pública.

En materia de transporte seguirán activos el Metro de Panamá, MiBus y la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre. Migración, la Autoridad Aeronáutica Civil y Tocumen, S.A. también continuarán con sus labores, al igual que la Autoridad Nacional de Aduanas y las entidades auxiliares al comercio internacional que operan en puertos y aeropuertos. Otros servicios exceptuados son los postales, el aseo urbano y domiciliario, la Cuarentena Agropecuaria, Etesa, la Empresa de Generación Eléctrica y la Agencia Panameña de Alimentos.

Las instituciones exceptuadas deberán garantizar la continuidad de sus servicios. En las dependencias que funcionan de manera ininterrumpida podrán aplicarse los esquemas y procedimientos laborales previstos para estos casos.

El calendario escolar del tercer trimestre no contempla el 2 de noviembre como día de suspensión de clases. Las fechas marcadas como días libres por las fiestas patrias son el 3, 4, 5 y 10 de noviembre.

Tampoco es un feriado para el sector privado. Esa fecha no aparece entre los días de descanso obligatorio del artículo 46 del Código de Trabajo, así que los trabajadores privados deben cumplir su jornada habitual, salvo que su empleador disponga un horario especial o les conceda el día libre.

Compartir
Nacionales

Te puede interesar

Ver la sección →