Gobierno habilitará préstamos a contratistas de la reconstrucción con fondos del fideicomiso
La modificación al fideicomiso de emergencia permitirá financiar a las empresas durante la ejecución de las obras, sin esperar a que terminen los contratos.
El Gobierno decidió que el fideicomiso de emergencia creado para atender el terremoto pueda otorgar préstamos a las empresas contratistas que construirán las obras de reconstrucción, principalmente viviendas. Así lo explicó el gerente general del Banco Nacional de Panamá, Javier Carrizo Esquivel, quien detalló que el mecanismo ya no se limitará a pagar los trabajos cuando estén terminados.
El fideicomiso cuenta con recursos de hasta $100 millones y fue establecido tras la declaratoria de estado de emergencia nacional, mediante la Resolución de Gabinete N.º 108 del 10 de octubre de 2026. Ese decreto se emitió después del terremoto ocurrido el 9 de octubre.
Hasta ahora, el fideicomiso funcionaba únicamente como una vía para pagar las contrataciones autorizadas, una vez cumplidas las obligaciones correspondientes. Con la modificación al artículo 5, se incorpora la posibilidad de financiar a los contratistas mientras se ejecutan los trabajos, algo que, según las autoridades, no estaba contemplado en el primer decreto.
Carrizo explicó que la medida busca agilizar el inicio de los proyectos habitacionales y evitar trámites que retrasen la construcción. Para implementarla se conformará una mesa interinstitucional con la Contraloría, el Ministerio de Economía y Finanzas, el Banco Nacional y el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, esta última por su contacto directo con las empresas constructoras. La mesa comenzaría a operar el miércoles 28 de octubre.
El ministro de la Presidencia, Juan Carlos Orillac, señaló que la reforma responde a la necesidad de contar con una modalidad de financiamiento para las empresas que ejecutarán las obras. Según indicó, esta posibilidad era clave para acelerar el proyecto de reconstrucción.
La nueva disposición permite que el fideicomiso financie aportes de capital y pagos necesarios para ejecutar obras, adquirir bienes y prestar servicios vinculados con las contrataciones autorizadas. Además, se autoriza al MEF, al Banco Nacional y a la Contraloría a firmar los documentos del contrato de fideicomiso. Los recursos seguirán sujetos a la disponibilidad presupuestaria, y la Contraloría mantendrá el refrendo de las contrataciones. Concluida la emergencia y pagadas las obligaciones, los saldos deberán devolverse al Tesoro Nacional.
Quedan aspectos por precisar, como las condiciones de los préstamos, las garantías que deberán aportar las empresas, el porcentaje del contrato que podrá financiarse por adelantado, quién aprobará cada operación y cómo se recuperarían los fondos si una obra incumple.