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Corte Suprema admite parcialmente recursos en el caso Financial Pacific

La Sala Segunda de lo Penal rechazó el recurso de Mayte Pellegrini, mientras acepta causales de otros procesados.

Redacción Nacional, 5:32 p.m. · 2 min de lectura
Corte Suprema admite parcialmente recursos en el caso Financial Pacific

El máximo tribunal, a través de su Sala Segunda de lo Penal, aceptó en parte los recursos de casación interpuestos por varios procesados en el caso Financial Pacific, aunque no dio curso al presentado por Mayte del Carmen Pellegrini Puerta. La decisión aparece en el Edicto N.° 94, que fue fijado este 28 de septiembre de 2026 y que lleva fecha del 24 del mismo mes, dentro de la Entrada N.° 27-2026 C.

Carlos Alberto Pellegrini Puerta, representado por los abogados Joel Hernández Arosemena y Pedro Meilán Núñez, vio admitida únicamente la segunda causal de su recurso. Quedaron fuera la primera y la tercera. En el caso de Carmen Alicia Puerta de León, el tribunal admitió la primera y la segunda causal, y rechazó la tercera.

La resolución también dejó sin efecto la admisión de los recursos presentados por la abogada Yarissa Carolina Cossío, a favor de Vivian Lizbeth Villarreal Andrión; por la firma Fonseca, Barrios & Asociados, en nombre de Hernán Cortez Rodríguez; y por el abogado Arturo Sauri Muñoz, en representación de Mayte del Carmen Pellegrini Puerta. Las causales que sí fueron aceptadas buscan revertir las condenas confirmadas en segunda instancia.

El 19 de mayo, el Tribunal Superior de Liquidación de Causas Penales confirmó una pena de 96 meses de prisión contra Iván Clare Arias y Mayte Pellegrini Puerta, exejecutivos de la liquidada casa de valores Financial Pacific (FP). Ambos fueron declarados responsables de estafa agravada, delito contra el patrimonio económico, con perjuicio para la firma extranjera Caye Internacional Bank Ltd.

Ahora la Sala debe decidir sobre las causales que se analizarán, y para ello pidió que la Procuraduría General de la Nación dé su opinión sobre el caso. Según el artículo 2441 del Código Judicial, la Procuraduría tendrá cinco días hábiles para emitir su concepto. La resolución fue firmada por el magistrado suplente Juan Francisco Castillo Canto, en reemplazo de María Eugenia López, por los magistrados Maribel Cornejo Batista y Ariadne Maribel García Angulo, y por la secretaria judicial Elvia Vergara Atencio. El edicto se mantendrá fijado por cinco días para que las partes sean notificadas.

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