Alcaldía fija horarios especiales para la venta de licor en noviembre y diciembre
La medida aplica solo a locales con permiso nocturno vigente y establece fechas puntuales por las festividades de fin de año.
La Alcaldía de Panamá dictó horarios especiales para los establecimientos que venden bebidas alcohólicas durante noviembre y diciembre de 2026. La decisión quedó plasmada en el Decreto Alcaldicio N.º 9, emitido el 7 de octubre de 2026.
La norma responde a las festividades de fin de año y se aplica únicamente a los negocios que tengan un permiso nocturno vigente expedido por la Alcaldía. Quienes no cuenten con ese documento quedan fuera de la excepción.
El 3 de noviembre, los locales podrán operar desde las 12:00 a.m. hasta las 6:00 a.m. del día siguiente. En cambio, los días 4, 5, 9 y 27 de noviembre, y los días 7, 24 y 31 de diciembre, los establecimientos deberán funcionar dentro de su horario regular. Solo podrán extender sus actividades hasta las 6:00 a.m. del día siguiente.
El decreto también alcanza a los permisos para actividades comerciales, recreativas, sociales o benéficas que generen ruido temporal con equipos de sonido y audio. Estos eventos deberán ser autorizados para las fechas señaladas.
Aparte de este decreto, la institución recordó que rige una restricción especial para el distrito capital durante el Viernes Santo, 3 de abril de 2026, establecida mediante el Decreto Alcaldicio No. 02-2026.
La Alcaldía aclaró que los establecimientos contemplados en los artículos 2 y 3 del Decreto Alcaldicio N.º 5, del 4 de agosto de 2026, quedan exceptuados. Ellos seguirán regidos por esa normativa.
Para vigilar el cumplimiento, la Policía Municipal, los inspectores municipales y los funcionarios de Cumplimiento serán los encargados, con apoyo de la Fuerza Pública cuando haga falta.
Finalmente, la entidad exhortó a comerciantes y ciudadanos a respetar los horarios y a disfrutar de las celebraciones con responsabilidad, pensando en la tranquilidad de las comunidades.